Estudios de caso y testimonios

La donación como herramienta principal para mitigar el desperdicio alimentario en España

Artículo actualizado el

2/5/25

El desperdicio alimentario se ha consolidado en el panorama actual como una prioridad política, dando lugar a la creación de diversos instrumentos normativos a nivel europeo y nacional para abordar esta problemática.

El Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario

En el caso español, el legislador busca minimizar la dispersión normativa en esta materia configurando un marco normativo concreto a través del Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio alimentario.

La jerarquía de prioridades en la gestión de alimentos

Entre las medidas introducidas por el Proyecto de Ley, destaca la jerarquía de prioridades en la gestión de alimentos, que establece la donación obligatoria de alimentos como prioridad principal frente a cualquier otra medida de prevención. El establecimiento de esta nueva jerarquía supone un cambio radical con respecto a las previsiones de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, de un marcado carácter voluntario en las medidas previstas en su artículo 19, y que con la aprobación de esta Propuesta de Ley devendrán obligatorias.

Fecha de entrada en vigor

En cuanto a la eventual entrada en vigor de este Proyecto de Ley, en el propio articulado del Proyecto ésta se prevé para el próximo 2 de enero de 2025, si bien en atención a las previsiones que contempla el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, este plazo podría verse ampliado hasta el 30 de junio de 2026.

Medidas fiscales para facilitar la donación

Para facilitar la donación a los agentes de la cadena alimentaria, el legislador ha establecido diversas medidas en materia fiscal.

Incentivos en la Ley de Mecenazgo

Resultan destacables los incentivos fiscales previstos en la Ley de Mecenazgo, que establece deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Sociedades (IS) a la donación.

  • Las personas físicas pueden deducir el 80% de los primeros 250€ donados y un 40% del resto de la base de deducción, incrementándose al 45% a partir del tercer año si las donaciones son regulares.
  • Las empresas sujetas al Impuesto de Sociedades (IS) pueden beneficiarse de deducciones del 40%, que se elevan al 50% con donaciones continuadas durante tres años.
  • Otras medidas de apoyo

    Adicionalmente, el legislador español en los últimos años ha implementado medidas de levantamiento de barreras en materia de IVA y ha implementado bonificaciones en las tasas relacionadas con la recogida de residuos municipales para fomentar la donación de alimentos.

    El marco normativo europeo y su impacto

    Paralelamente, la Unión Europea ha iniciado la tramitación de la modificación de la Directiva 2008/98/CE sobre residuos, con un objetivo jurídicamente vinculante para los Estados Miembros:

    • Reducción del 10% en las pérdidas y el desperdicio alimentario en la fabricación.
    • Reducción del 30% en la venta minorista y otros tipos de distribución de alimentos, principalmente a través de la donación.

    Impacto para los agentes de la cadena alimentaria

    El Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario supondrá una nueva obligación de donación obligatoria para los fabricantes, cooperativas, distribuidores, comerciantes y, en general, para el canal Horeca en su condición de agentes de la cadena alimentaria.

    Es por ello que resulta esencial que cada uno de ellos analice el impacto concreto de esta normativa en sus organizaciones, con el objetivo de anticiparse a su aplicación y establecer los procedimientos y acuerdos necesarios para garantizar su cumplimiento, maximizando el aprovechamiento de los recursos e incentivos legales.

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